Internado en Obstetricia y Ginecología
DOI:
https://doi.org/10.18597/rcog.2420Resumen
Para iniciar esta exposición quiero recordar lo que la ley 14 de 1962
(Abril 28) dictó en normas relativas al ejercicio de la Medicina y Cirugía
en nuestro país y que está en plena vigencia; dice su artículo 4°: "Los
estudiantes de Medicina y Cirugía que terminen sus estudios, requieren
como requisito para recibir el grado, que la respectiva Facultad o Escuela
tenga incorporado en su plan de estudios a los menos un año de internado obligatorio.
Biografía del autor/a
Hernando Amaya León, Universidad Nacional
Del Departamento de Obstetricia y Ginecología de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Colombia.
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