@article{López Escobar_1957, title={Amenorreas}, volume={8}, url={https://revista.fecolsog.org/index.php/rcog/article/view/1766}, DOI={10.18597/rcog.1766}, abstractNote={<p class="p1">Por largos años la amenorrea ha sido considerada como un síndromo verdadero, como una entidad nosológica íntegra, verdadera, similar a una tifoidea o a una endometriosis y esto ha dado lugar a una buena cantidad de errores en su estudio y tratamiento, así como a una notoria divergencia en su apreciación. Comenzando no más por su definición: para algunos solo se puede hablar de amenorrea en aquellos casos en que “falta la menstruación por noventa días o más” (Di Paola, Calatroni, Argentinos) ; para otros es la “ausencia no fisiológica del menstruo” (Mazer, Israel); para éstos es la “ausencia del flujo menstrual cíclico”; para aquellos es la “falla inicial o suspensión de las reglas debido a la falta de secreciones hormonales cíclicas” (Hurxthall, Musslin); para los de allá es la “falta de menstruación por uno o más períodos entre la pubertad y la menopausia” (Wolf), etc., etc. Y sin embargo, cuando hablamos en el lenguaje médico corriente, cuando presentamos una enferma ante una reunión médica, todos hablamos de amenorreas en enfermas que tienen menos de noventa días de suspensión; o en las que el flujo nunca ha sido cíclico; o en la amenorrea del embarazo, que es fisiológica; o en aquellas en las que aun ni siquiera hemos hecho un estudio de sus secreciones hormonales; y después de la menopausia decimos que la enferma tiene tantos o cuantos años de amenorrea- Siempre por el solo hecho de que la menstruación se ha suspendido en una u otra forma.</p>}, number={2}, journal={Revista Colombiana de Obstetricia y Ginecología}, author={López Escobar G.}, year={1957}, month={abr.}, pages={57–65} }